lunes, septiembre 14

La Constitución española: estructura y claves para entenderla

La Constitución de 1978 se cita constantemente y se lee poco. Tiene 169 artículos organizados en un preámbulo, un título preliminar y diez títulos, más disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y final.

El título preliminar

Contiene las definiciones básicas: España como Estado social y democrático de Derecho, la soberanía nacional residente en el pueblo español, la monarquía parlamentaria como forma política, la unidad de la Nación y el derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones, el castellano como lengua oficial del Estado y la cooficialidad de las demás lenguas en sus respectivas comunidades.

Es la parte más citada en el debate político y la que tiene mayor protección frente a la reforma.

Los derechos fundamentales

El Título I es el más extenso y distingue niveles de protección:

  • La sección primera del capítulo segundo recoge los derechos fundamentales y libertades públicas: vida, integridad, libertad ideológica y religiosa, tutela judicial efectiva, libertad de expresión, reunión, asociación, educación y sindicación. Tienen la máxima protección, incluido el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
  • La sección segunda recoge derechos y deberes de los ciudadanos, como la propiedad privada o el deber de contribuir al sostenimiento del gasto público.
  • El capítulo tercero contiene los llamados principios rectores de la política social y económica —vivienda, salud, medio ambiente, pensiones—, que no son directamente exigibles ante los tribunales sino que informan la legislación.

Esa distinción explica por qué el derecho a una vivienda digna, recogido en el artículo 47, no funciona igual que la libertad de expresión.

La organización de los poderes

Los títulos siguientes regulan la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno y la Administración, las relaciones entre Gobierno y Cortes, el Poder Judicial, la economía y Hacienda, la organización territorial y el Tribunal Constitucional.

La reforma constitucional

El Título X establece dos procedimientos:

El ordinario exige mayoría de tres quintos en ambas cámaras, con referéndum si lo pide una décima parte de los miembros de cualquiera de ellas.

El agravado se aplica a la revisión total y a la reforma del título preliminar, de la sección de derechos fundamentales o del título de la Corona. Requiere mayoría de dos tercios, disolución de las Cortes, ratificación por las nuevas cámaras y referéndum obligatorio.

Ese diseño explica por qué la Constitución se ha reformado muy pocas veces desde 1978, y siempre por la vía ordinaria.

Dónde consultarla

El texto consolidado está disponible de forma gratuita en la web del BOE y en la del Congreso de los Diputados, esta última con herramientas de búsqueda por artículo y con la jurisprudencia constitucional asociada.

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