
El presidente del Gobierno no se elige directamente en las urnas. Lo elige el Congreso, mediante un procedimiento con plazos estrictos y un reloj que, si se agota, obliga a repetir las elecciones.
Las consultas del Rey
Tras la constitución del nuevo Congreso, el Rey mantiene una ronda de consultas con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria.
Después, a través del presidente del Congreso, propone un candidato a la Presidencia del Gobierno. El papel del Rey aquí es formal: propone a quien tenga opciones reales de obtener la confianza de la Cámara.
El debate de investidura
El candidato expone ante el Pleno su programa de gobierno y solicita la confianza de la Cámara. A continuación intervienen los grupos parlamentarios y se produce el debate.
Las dos votaciones
Primera votación. Se requiere mayoría absoluta, es decir, más de la mitad de los miembros de la Cámara. Si se obtiene, el candidato queda investido.
Segunda votación. Si la primera fracasa, se repite cuarenta y ocho horas después. En esta basta la mayoría simple: más votos a favor que en contra. Aquí es donde las abstenciones resultan decisivas, porque no cuentan como votos en contra.
El plazo de dos meses
Este es el punto crítico. Si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato haya obtenido la confianza, el Rey disuelve las Cortes y se convocan nuevas elecciones.
El plazo empieza a contar con la primera votación fallida, no con la constitución del Congreso. Ese matiz es el que explica que en ocasiones se retrase deliberadamente la celebración del primer debate.
La moción de censura
Una vez hay Gobierno, el Congreso puede derribarlo mediante moción de censura, que en España es constructiva: no basta con tumbar al presidente, hay que proponer simultáneamente un candidato alternativo.
Requiere la firma de al menos una décima parte de los diputados y mayoría absoluta para prosperar. Si sale adelante, el candidato propuesto queda automáticamente investido.
La cuestión de confianza
Es la vía inversa: el propio presidente somete su continuidad a votación. Basta la mayoría simple para superarla. Si la pierde, debe presentar la dimisión y se abre un nuevo proceso de investidura.
El proceso legislativo posterior lo explicamos en cómo se aprueba una ley en España.
